Negligencias JurídicasLegal Negligence

  • Negligencias de Abogados y Procuradores
  • Negligencias de Jueces y Magistrados
  • Negligencias de Notarios y Registradores
  • Mal funcionamiento de la Administración de Justicia

Negligencias de Abogados y Procuradores. Tal y como se le exige al médico, al abogado se le impone el deber y la obligación de la diligencia profesional. Las normas del Estatuto General de la Abogacía imponen al Abogado actuar con diligencia. Esta exigencia debe ser mayor que la propia de un padre de familia. Cuando una persona sin formación jurídica ha de relacionarse con los Tribunales de Justicia, se enfrenta con una compleja realidad, la elección de un abogado constituye el inicio de una relación contractual basada en la confianza, y de aquí, que se le exija, con independencia de sus conocimientos o del acierto en los planteamientos, una diligencia extrema.

Las consultas que más frecuentemente se plantean son: ¿Puede reclamarse por haberse presentado una reclamación fuera de plazo? ¿Y un recurso? ¿Y si el Abogado se olvidó de aportar una documentación vital para defender la reclamación? ¿Y si la defensa ha sido temeraria? ¿Puede reclamarse por un asesoramiento incorrecto por parte del Abogado? ¿Puede reclamarse siempre que se pierde un pleito?.

El cumplimiento del encargo pasa por haber utilizado con pericia todos sus conocimientos en los procesos, vías, instancias y trámites que se hayan sustanciado hasta la completa resolución del encargo. Otra cosa será la resolución final de ese encargo. Si la resolución última viene de otro órgano, difícilmente se le podrá exigir responsabilidad al abogado en relación al sentido final de esa resolución. Eso sí, habrá de haberse llegado a esa resolución con el procedimiento más adecuado posible, el que sea más acorde con el cumplimiento perfecto del contrato, y tras la aplicación por parte del abogado de los correctos argumentos de hecho y de derecho. La obligación que asume el abogado que se compromete a la defensa judicial de su cliente no es de resultados, sino de medios.

Se le exige al abogado la correcta fundamentación fáctica y jurídica de los escritos de alegaciones, la diligente proposición de las pruebas y la cuidadosa atención a la práctica de las mismas, la estricta observancia de los plazos y términos legales, y demás actuaciones que debería utilizar el abogado para que, en principio, pueda vencer en el proceso. Es la lex artis. Es decir, debe utilizar la prueba circunstancial, el cauce legal, la argumentación fáctica y jurisprudencial y todo ello dentro del plazo legal.

No se resigne, un error sustancial en la defensa de su reclamación puede ser objeto de compensación. Consulte con nuestro Despacho, estamos especializados en responsabilidad civil y analizaremos su caso y en todo momento estaremos defendiendo su causa proporcionando asesoramiento permanente, dándole una opinión fundada, manteniendo reuniones con las partes implicadas con el fin de solucionar la controversia por vía amistosa y, en caso contrario, proporcionando nuestra experiencia ante Juzgados y Tribunales.

Negligencias de Jueces y Magistrados. Los Jueces y Magistrados deben responder de sus acciones en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, ya sean delitos o faltas, así como por la adopción de decisiones que en derecho pudieran resultar injustificables por su desajuste con la realidad fáctica o con la normativa jurídica. No se trata tanto de una responsabilidad disciplinaria, sino la de asumir personalmente su responsabilidad civil por los daños y perjuicios que hayan ocasionado a los usuarios y justiciables perjudicados cuando infrinjan las leyes por negligencia o ignorancia inexcusables.En este sentido, debe quedar claro que no basta el desacierto del juzgador, sino que es preciso que se produzca una decisión injustificable en derecho por su desajuste con la realidad fáctica  o la normativa jurídica. Ya no se van a indemnizar solamente los daños imputables a actuación negligente o dolosa de un Juez o Magistrado, sino por cualquier hecho dañoso que, con independencia de la culpa judicial, pueda ser calificado de “error judicial” o de “funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.

Para ello, venimos advirtiendo a nuestros clientes, en cuanto al daño o perjuicio sufrido, de la necesidad de que, para poder exigir este tipo de responsabilidad, éste no pueda ser reparado de ninguna otra forma, de ahí que se pueda afirmar que la responsabilidad civil de Jueces y Magistrados tiene carácter “subsidiario, ya que si el perjudicado puede obtener resarcimiento del daño por cualquier otra vía, por ejemplo, reclamando a la parte contraria del proceso, sólo podrá dirigirse contra Jueces o Magistrados cuando no consiga la reparación por dicho medio.

En cualquier caso, no se resigne, cada día se exige una mayor responsabilidad a Jueces y Magistrados por el desempeño de sus funciones jurisdiccionales. Consulte con nuestro Despacho, analizaremos su caso de primera mano. Estamos especializados en responsabilidad civil y en todo momento estaremos defendiendo su causa proporcionando asesoramiento permanente y, en su caso, proporcionando nuestra experiencia ante Juzgados y Tribunales.

Negligencias de Notarios y Registradores. Los Notarios y Registradores deben responder de sus acciones en el ejercicio de sus funciones, ya sean delitos o faltas, así como por la adopción de decisiones que en derecho pudieran resultar injustificables por su desajuste con la realidad fáctica o con la normativa jurídica. No se trata tanto de una responsabilidad disciplinaria, sino la de asumir personalmente su responsabilidad civil por los daños y perjuicios que hayan ocasionado a los usuarios perjudicados cuando infrinjan las leyes por negligencia o ignorancia.

En cualquier caso, no se resigne, cada día se exige una mayor responsabilidad a Notarios y Registradores por el desempeño de sus funciones. Consulte con nuestro Despacho, analizaremos su caso de primera mano. Estamos especializados en responsabilidad civil y en todo momento estaremos defendiendo su causa proporcionando asesoramiento permanente y, en su caso, proporcionando nuestra experiencia ante Juzgados y Tribunales.

Mal funcionamiento de la Administración de Justicia. La Administración de Justicia, también puede ser objeto de responsabilidad y debemos reclamar al Estado por el funcionamiento anormal de la Justicia, como lo es el retraso indebido en la finalización del procedimiento y que tiene como  consecuencia más inmediata que la sentencia o resolución judicial carezca de eficacia, así como por un error manifiesto de una decisión judicial o por haber sufrido prisión preventiva y acreditarse posteriormente que no existió el hecho del que se le acusaba.

No se resigne, su reclamación puede ser objeto de compensación. Consulte con nuestro Despacho, estamos especializados en responsabilidad civil y analizaremos su caso y en todo momento estaremos defendiendo su causa proporcionando asesoramiento permanente, dándole una opinión fundada, manteniendo reuniones con las partes implicadas con el fin de solucionar la controversia por vía amistosa y, en caso contrario, proporcionando nuestra experiencia ante Juzgados y Tribunales.